El TSJC avala la depresión como causa de incapacidad permanente total

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha emitido una sentencia que reconoce la depresión como un trastorno que permite acceder a la pensión por incapacidad permanente total. Esta resolución ha sido muy importante para el trabajador de Carrefour que solicitó ser valorado por el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), ya que le ha permitido obtener la pensión de incapacidad permanente total.

El demandante sufría un trastorno de adaptación crónico con ansiedad mixta y estado de ánimo deprimido

El demandante, que ejercía como responsable de logística en Carrefour, padecía problemas de salud mental que le impedían realizar con eficacia su trabajo. Los síntomas que presentaba incluían signos de angustia, irritabilidad, ánimo bajo, rumiación, nerviosismo, tensión muscular, intranquilidad, opresión precordial, desmotivación, tristeza y decaimiento. Además, sufría un trastorno de adaptación crónico con ansiedad mixta y estado de ánimo deprimido.

El trabajador solicitó al EVI del INSS que le fuera reconocida una incapacidad permanente, pero su solicitud fue denegada, argumentando que era apto para trabajar. Ante esta decisión, el trabajador interpuso una demanda contra la Seguridad Social ante los Juzgados de lo Social Número 3 de Santander. El juez dio la razón al trabajador y condenó a la Seguridad Social a reconocer una incapacidad permanente total derivada de enfermedad común.

En su sentencia, el magistrado añade que el trastorno depresivo que sufre el demandante es crónico y su cuadro afecta directamente al trabajador a desempeñar con eficacia su labor como jefe de sección. Además, señala que, aunque se ha concedido al trabajador una incapacidad permanente total, el cuadro que presenta el trabajador podría llegar a considerarse una incapacidad absoluta, es decir, que incapacita al trabajador para cualquier trabajo.

Esta sentencia es muy relevante porque reconoce la depresión como una causa de incapacidad permanente total, lo que supone un gran avance en la protección de los derechos de las personas que sufren este trastorno. Además, la resolución del tribunal reconoce la importancia de tener en cuenta el impacto que las enfermedades mentales pueden tener en la capacidad de una persona para trabajar.

En definitiva, esta sentencia es una muestra más de la necesidad de seguir avanzando en la protección de los derechos de las personas con problemas de salud mental y de la importancia de tener en cuenta el impacto que estas enfermedades pueden tener en su capacidad para trabajar. Esperamos que esta decisión siente un precedente para otras personas que se encuentren en la misma situación que el demandante y que sirva para seguir avanzando en la protección de los derechos de las personas con discapacidad.

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